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| Objeción de conciencia “Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres” (Hech. 5,29) Ahora resulta que ni siquiera podemos rechistar. Dos siglos gritando libertad, y viene un gobierno socialista a decirnos que de libertad nada, que aquí todos tienen que atenerse a la ley, que la ley la hacen ellos (aunque sea injusta y oponiéndose a fuerzas sociales muy respetables) y que ningún funcionario puede objetar en conciencia ante una ley injusta, si no quiere colaborar en su cumplimiento. Se trata de la ley, todavía en trámite parlamentario, que pretende aprobar el mal llamado “matrimonio” entre personas del mismo sexo. Además de ir contra la ley de Dios y contra el matrimonio tal como Dios lo ha instituido, esta ley va contra el hombre y contra la sociedad e introduce por primera vez en la historia de la humanidad una profunda quiebra social, llamando por el mismo nombre lo que no es igual y equiparando jurídicamente lo que son dos cosas totalmente distintas. No es lo mismo el matrimonio entre un hombre y una mujer, tal como Dios lo ha hecho desde el principio, y la unión de dos varones o de dos mujeres, que podría tener algún amparo jurídico, pero nunca podrá equipararse con el matrimonio. La fractura social que esta ley introducirá en el caso de ser aprobada es de enormes consecuencias para la convivencia pacífica de los pueblos. La mentira quiere convertirse en verdad. Por eso, esta ley, como toda otra ley, puede encontrar personas que no pueden cumplirla, porque su conciencia no se lo permite. En el caso del aborto, que es un crimen abominable, la misma ley recoge la posibilidad de acogerse a la objeción de conciencia para no colaborar de ninguna manera en ese crimen abominable. En el caso del “matrimonio” de personas del mismo sexo, puede haber personas (las hay realmente) que sientan repugnancia en su conciencia ante una realidad que rompe tan fuertemente la armonía de la creación. La objeción de conciencia es un derecho fundamental de la persona, anterior a cualquier ordenamiento jurídico, y está reconocido por nuestra Constitución española (art. 16), por el Convenio Europeo de Derechos Humanos (art. 9) y por la propia Constitución Europea (art. II-70), además del Tribunal Europeo de Estrasburgo. A pesar de todo, ni aunque lo digan las Tablas de la Ley dadas por Dios a Moisés ni aunque lo digan las Constituciones más modernas, el gobierno prohíbe objetar en conciencia. Un conflicto de este tipo entre lo moral y lo legal no debería plantearse nunca, si las leyes respetaran el verdadero bien del hombre, y nunca mejor que cuando se atienen a la ley de Dios. Pero si llega a darse el conflicto, provocado por quienes tienen el poder (que no la autoridad de hacerlo), el creyente sabe que “hay que obedecer a Dios antes que a los hombres” (Hechos 5, 29). Y, actuando de así, probablemente le tocará experimentar la bienaventuranza del Señor: “Dichosos vosotros cuando os persigan y os calumnien de cualquier modo por mi causa… Alegraos, porque vuestra recompensa será grande en el cielo” (Mt 5,11-12). Con mi afecto y bendición: |